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La DGT publica el posicionamiento de los controles (radar) de velocidad
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La DGT publica el posicionamiento de los controles (radar) de velocidad

El Ministerio del Interior, ha explicado que la decisión de publicarlos es para extremar la precaución

jueves 02 de julio de 2015, 15:57h
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado este jueves 1.200 tramos de carretera en los que se sitúan los radares móviles para controlar la velocidad de circulación. Estos se suman a los más de 300 tramos de carretera de Castilla y León y Asturias que ya se publicaron el pasado mes de mayo, según ha informado el organismo.

El listado de los tramos controlados por los radares móviles puede consultarse, al igual que en el caso de los radares fijos y otros dispositivos de control:

LISTADO DE LOS TRAMOS CONTROLADOS (PINCHE AQUI)

Por ejemplo, en la carretera N-II, la información distribuida indica que hay cuatro tramos en los que los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil podrían situar un radar móvil para controlar la velocidad de circulación, eso sí, de forma que sea "visible" para que cumpla la función de "disuadir", según la DGT. "La denuncia no es, en ningún caso, el objetivo final", ha asegurado.

El Ministerio del Interior, del que depende la DGT, ha explicado que la decisión de publicarlos obedece a la intención de que los conductores "extremen las medidas de precaución" al pasar por ellos y "sobre todo cumplan con los límites de velocidad establecidos en cada uno de ellos".

"Los criterios para la identificación de estos tramos por su peligrosidad y de ubicación de los radares móviles, son el resultado de analizar el número de accidentes graves, con víctimas mortales o heridos que necesitaron hospitalización; el número de accidentes en general y la información de la velocidad media de circulación en esos tramos", ha indicado.

La información de la ubicación de los tramos en los que se colocan estos dispositivos está disponible en la página web de la DGT (POSICIONAMIENTO DE RADARES) tanto para conductores como para proveedores de navegadores que deseen incorporar estas ubicaciones a sus servicios.

Interior ha recordado que, para las vías convencionales (las que disponen únicamente de un carril por sentido sin separación física entre ellos) es de 100 km/h, siempre que exista un carril de 1,5 metros (en caso contrario es de 90 km/h).

Además, ha señalado que, en estos casos, el radar detectará el exceso de velocidad a partir de los 109 km/h o de los 98km/h, en función de si el límite es de 100 km/h o 90 km/h. A su vez, las vías en las que se puede circular a 110 km/h o 120 km/h, el cinemómetro se activará a partir de velocidades de 120 km/h o 131km/h, respectivamente.

LIMITES Y SANCIONES


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