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El carné por puntos, ahora más transigente

Miércoles 04 de junio de 2014
Ya es un hecho la nueva reforma de la ley, del carné por puntos. Dicha ley se aprobó el 29 de octubre, en el congreso de los diputados, siendo dicha reforma más benévola en relación a la retirada de puntos, aunque no se modificarán las sanciones económicas que seguirán siendo iguales.

La ley del carné por puntos por fin ha sido modificada, haciéndola, en algunos casos, más benévola y racional que antes, aunque también hay alguna modificación que destaca por incoherente, como las siguientes:

A partir de ahora si circulamos a 130 Km./h  por una vía limitada a 80 Km./h no nos retiraran puntos del carné, aunque si nos sancionarán económicamente, dicha medida supone un riesgo, ya que en este caso se superaría el 50% de la velocidad máxima permitida. Si los trasladásemos a una vía limitada a 120 Km./h  podríamos circular a 190 Km./h , aunque esta si conllevaría perdida de puntos y sanción económica.

Antes, cuando estacionábamos nuestro vehículo en el carril bus, la denuncia era sancionada con la perdida de dos puntos, ahora ha sido modificada y dicha pérdida no se llevará a cabo. Una medida, más lógica que la impuesta en la antigua ley, ya que esta infracción no conllevaba ningún riesgo contra la circulación.

Tampoco se podrá perder el carné, es decir que nos lo retiren, a no ser que hayamos perdido todos los puntos de éste, o lo dictamine un juez, por haber llevado a cabo una conducta muy, pero muy, temeraria en la circulación.

Como hemos dicho al principio, algunos casos han sido bien modificados y otros no. Ahora se perderán menos puntos, pero la recaudación económica seguirá siendo la misma, algo que en estos tiempos de crisis viene muy bien al estado.

Para más información sobre las diferentes modificaciones de dicho carné, se puede consultar la página Web de la Dirección General de Tráfico:  www.dgt.es


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