La Dirección General de Tráfico (DGT) ha implementado un nuevo Registro de Vehículos Personales Ligeros (VMP) que incluye aquellos que no cumplen con los requisitos técnicos establecidos y carecen de placa de marcaje. Estos vehículos podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 bajo un régimen transitorio, siempre que estén inscritos en el registro y cuenten con seguro obligatorio. Para la inscripción, se requiere la presentación de datos personales del propietario y documentación del VMP. Además, una vez registrado, se podrá obtener una etiqueta identificativa que debe colocarse en el vehículo. Este proceso también estará disponible a través de agentes de seguros y gestores administrativos.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha un nuevo registro para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que no cumplen con los requisitos técnicos establecidos en el Manual de Características. Estos vehículos, al carecer de la placa de marcaje de fábrica, se verán sujetos a un régimen transitorio que les permitirá circular hasta el 22 de enero de 2027, a pesar de no contar con el certificado de circulación. Sin embargo, deberán ser inscritos en el Registro Nacional de Vehículos y contar con un seguro obligatorio.
Para completar la inscripción, los propietarios de estos VMP solo necesitarán presentar una serie de datos personales junto con la factura, ficha técnica o una fotografía del vehículo. Esta identificación será temporal y perderá su validez el 22 de enero de 2027, momento a partir del cual estos vehículos quedarán prohibidos para circular.
Una vez obtenido el certificado de inscripción, que incluirá la información del titular y un número único identificativo, el propietario podrá adquirir una etiqueta identificativa en un manipulador habilitado. Esta etiqueta deberá colocarse en el porta-identificador destinado para tal fin en el vehículo; si se trata de un VMP no certificado, la etiqueta podrá ubicarse en un lugar visible.
El proceso de inscripción también podrá realizarse a través de otros canales, como agentes de seguros durante la contratación del seguro o gestores administrativos que ya llevan a cabo múltiples trámites electrónicos con la Administración. Además, la DGT trabaja para facilitar que este trámite se pueda realizar al momento de adquirir un nuevo VMP en establecimientos autorizados.
La DGT ha implementado un registro para VMP que no cumplen con los requisitos técnicos establecidos, permitiendo su circulación hasta el 22 de enero de 2027 bajo ciertas condiciones.
Los VMP deben estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos y contar con un seguro obligatorio, a pesar de no tener certificado de circulación.
Los propietarios deben presentar datos personales junto con la factura, ficha técnica o una fotografía del vehículo para completar la inscripción.
A partir de esa fecha, los VMP que no cumplan con los requisitos quedarán prohibidos para circular.
El certificado incluirá la información del titular y un número único identificativo, necesario para obtener una etiqueta identificativa.
La etiqueta debe colocarse en el porta-identificador destinado para tal fin; si es un VMP no certificado, debe estar en un lugar visible.
Además de hacerlo directamente, se puede realizar a través de agentes de seguros o gestores administrativos que realicen trámites electrónicos con la Administración.
Sí, la DGT está trabajando para permitir que la inscripción se realice al momento de adquirir un nuevo VMP en establecimientos autorizados.