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La DGT cambia las reglas el 1 de octubre: estos son los 7 cambios que afectan a conductores, motoristas y ciclistas

NUEVAS NORMAS DE TRÁFICO

La reforma del Reglamento General de Circulación entra en vigor el 1 de octubre con nuevas normas para motoristas, ciclistas, usuarios de patinetes y conductores

Tomy Díaz-Valdés | Sábado 26 de septiembre de 2026
El 1 de octubre cambia el Reglamento General de Circulación y millones de conductores tendrán que adaptarse a nuevas normas. Motoristas, ciclistas, usuarios de patinetes y conductores de coche encontrarán cambios importantes, mientras la DGT estrena además los límites de velocidad variables en la AP-7 y AP-2.

El 1 de octubre de 2026 entra en vigor una de las principales modificaciones del Reglamento General de Circulación de los últimos años. La reforma introduce nuevas normas para proteger a los denominados usuarios vulnerables de la vía, un concepto que incluye por primera vez de forma específica a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal.

La DGT ha presentado esta semana las novedades a pocos días de su entrada en vigor. El cambio afecta tanto a la circulación urbana como a las carreteras interurbanas y modifica las obligaciones de determinados conductores.

Pero hay una cuestión importante: no todas las medidas comienzan el 1 de octubre. Algunas disponen de un periodo transitorio de un año y otras quedan pendientes de una futura orden ministerial.

Estas son las principales novedades que deben conocer los conductores.

1.- Los motoristas tendrán que llevar guantes y calzado cerrado

Una de las novedades que más afecta a los motoristas es la obligación de utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.

Además, tanto el conductor como el pasajero de una motocicleta, ciclomotor, vehículo de tres ruedas, cuadriciclo o quad deberán utilizar calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía.

La nueva normativa también establece que el casco deberá estar homologado conforme al reglamento UNECE R22. Sin embargo, esta última obligación dispone de un periodo transitorio de un año, por lo que el cambio relativo al casco homologado no será exigible desde el 1 de octubre de 2026.

En cuanto a los guantes, la norma establece la obligación, pero sus especificaciones técnicas deberán concretarse mediante una orden del Ministerio del Interior. Hasta entonces se mantienen las características de los guantes utilizados actualmente.

2.- Los patinetes tendrán una edad mínima de 15 años

Los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos, también tienen nuevas reglas. La reforma fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP. Además, sus usuarios deberán utilizar casco de protección y, durante la noche o cuando exista escasa visibilidad, elementos luminosos o reflectantes que permitan ser vistos.

Para los profesionales que trabajan utilizando un VMP, el uso del chaleco reflectante será obligatorio durante toda la circulación. Hay, no obstante, una excepción temporal: la obligación relativa al alumbrado diurno de los VMP se aplicará un año después de la entrada en vigor del real decreto.

3.- Adelantar a un ciclista será todavía más restrictivo

La nueva normativa también modifica las condiciones para adelantar a los ciclistas en carretera. El conductor que adelante a un ciclista deberá hacerlo dejando una distancia lateral mínima de 1,5 metros y, además, deberá circular como máximo a 20 km/h por debajo del límite de velocidad aplicable a ese tramo.

En determinados supuestos será obligatorio realizar un cambio completo de carril para efectuar el adelantamiento. Por tanto, en una carretera limitada a 90 km/h, por ejemplo, el adelantamiento deberá realizarse como máximo a 70 km/h cuando sean aplicables las nuevas condiciones.

4.- Se regulan los carriles de emergencia

La reforma incorpora también nuevas reglas para facilitar el paso de los vehículos de emergencia cuando se produzcan retenciones.

Cuando los vehículos queden detenidos o circulen a paso de peatón debido a una congestión, deberán colocarse de manera que quede un espacio central libre para permitir el paso de vehículos policiales, ambulancias, bomberos y otros servicios de emergencia.

Es lo que la normativa denomina carril de emergencia. La medida pretende evitar una situación habitual en grandes atascos: ambulancias o vehículos de emergencia atrapados porque los vehículos no han dejado suficiente espacio para pasar.

5.- Cambian algunas reglas de circulación en ciudad

El nuevo Reglamento General de Circulación incorpora por primera vez un título específico dedicado a la circulación en vías urbanas.

Entre las novedades se encuentra una modificación relacionada con los semáforos y los pasos de peatones.

Como norma general, en los pasos de peatones regulados por semáforo no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde para los peatones.

La reforma también incorpora al Reglamento la figura de los caminos escolares seguros, destinados a favorecer los desplazamientos de los menores hacia los centros educativos a pie, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados.

6.- Las autocaravanas tendrán nuevas condiciones para estacionar

La nueva regulación también afecta a las autocaravanas y vehículos acondicionados como vivienda.

Cuando estén estacionados deberán cumplir varias condiciones:

- No podrán extender elementos propios que sobresalgan del perímetro del vehículo.

- Deberán descansar sobre sus neumáticos, aunque podrán utilizarse calzos o cuñas de seguridad.

- No podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.

La regulación establece así unas condiciones comunes dentro del Reglamento General de Circulación, aunque los ayuntamientos mantienen competencias para ordenar determinados aspectos del estacionamiento dentro de sus municipios.

7.- Los motoristas podrán utilizar dispositivos inalámbricos integrados en el casco

La reforma también aclara una cuestión especialmente relevante para los usuarios de motocicletas. Se permite utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco, exclusivamente para funciones de intercomunicación o navegación, siempre que no afecten a la seguridad de la conducción.

La modificación mantiene la prohibición general de utilizar teléfonos móviles y otros sistemas de comunicación durante la conducción, pero establece esta excepción específica para los sistemas integrados en el casco de motoristas.

¿Qué cambia realmente el 1 de octubre?

No todas las novedades anunciadas por la DGT tienen exactamente la misma fecha de aplicación.

Cambio

Fecha

Edad mínima de 15 años para conducir VMP

1 octubre 2026

Casco para VMP

1 octubre 2026

Nuevas normas para ciclistas

1 octubre 2026

Carril de emergencia

1 octubre 2026

Nuevas normas urbanas

1 octubre 2026

Nuevas condiciones para autocaravanas

1 octubre 2026

Guantes para motoristas

1 octubre 2026, con especificaciones pendientes

Calzado cerrado para motoristas

1 octubre 2026

Casco homologado para motocicletas

1 octubre 2027

Alumbrado diurno obligatorio en VMP

1 octubre 2027

La propia DGT confirma que la mayor parte de la reforma entra en vigor el 1 de octubre de 2026, mientras que las obligaciones relativas al alumbrado de los VMP y al casco homologado para motocicletas se aplazan un año.

Y además: la velocidad variable llega a la AP-7 y AP-2

A esta reforma se suma otra novedad que afectará directamente a quienes circulen por Cataluña. Desde el 1 de octubre, la DGT pondrá en marcha una prueba de límites de velocidad variables en la AP-7 y AP-2.

El límite máximo general de 120 km/h para turismos y motocicletas no desaparece, pero podrá reducirse temporalmente mediante los paneles de señalización variable cuando las circunstancias lo aconsejen.

En la AP-7, el sistema podrá establecer límites inferiores, como 100, 80 o 60 km/h, en función de factores como la densidad del tráfico, accidentes, obstáculos, meteorología o visibilidad.

En la AP-2 se probará además un sistema específico relacionado con la niebla, que podrá reducir progresivamente la velocidad hasta 40 km/h en las condiciones de visibilidad más desfavorables.

Esto significa que el conductor deberá prestar especial atención a los paneles luminosos, porque la velocidad máxima permitida podrá variar en el mismo tramo de carretera dependiendo de las circunstancias.

Una reforma que cambia la convivencia entre coches, motos y usuarios vulnerables

La reforma supone un cambio importante en el Reglamento General de Circulación al introducir un marco específico para los usuarios vulnerables y nuevas reglas tanto para las carreteras como para las ciudades.

Para los conductores de coche, algunas de las modificaciones tendrán un impacto directo en la forma de adelantar a ciclistas, afrontar retenciones o circular por determinadas vías.

Para los motoristas, los cambios relacionados con guantes, calzado y casco serán especialmente relevantes.

Y para quienes utilizan patinetes eléctricos, la edad mínima, el casco y los elementos de visibilidad introducen nuevas obligaciones.

Por eso, antes de ponerse al volante, subirse a una moto o utilizar un patinete a partir del próximo 1 de octubre, conviene conocer exactamente qué normas comienzan a aplicarse y cuáles disponen todavía de un periodo transitorio.

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