La DGT ha estrenado nuevas normas de circulación que obligan a los conductores a modificar determinados comportamientos al volante. La reforma del Reglamento General de Circulación, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, entró en vigor el pasado 1 de octubre, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y adaptar la normativa a las nuevas formas de movilidad.
Los cambios afectan a conductores de coches, motocicletas, ciclomotores, bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP). La principal novedad es que el reglamento incorpora por primera vez una definición formal de usuario vulnerable de la vía, una categoría que incluye a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes eléctricos.
La reforma también introduce nuevas obligaciones en carretera y ciudad, modifica la forma de actuar ante determinadas situaciones de emergencia y refuerza la protección de quienes se encuentran fuera de un vehículo.
El carril de emergencia será obligatorio en las retenciones
Una de las novedades que deben conocer todos los conductores es la obligación de dejar un espacio central libre para los vehículos de emergencia cuando se produzca una retención en autopistas y autovías.
Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o estén detenidos, deberán apartarse para facilitar el paso de ambulancias, policía, bomberos y otros servicios prioritarios.
La disposición dependerá del número de carriles de la vía:
- Carreteras de dos carriles: los vehículos del carril izquierdo deberán apartarse hacia la izquierda y los del derecho hacia la derecha, dejando libre el espacio central.
- Carreteras de tres carriles: los vehículos del carril izquierdo deberán desplazarse hacia la izquierda, mientras que los del central y derecho deberán hacerlo hacia la derecha.
El objetivo es evitar que los servicios de emergencia queden atrapados en los atascos y puedan llegar cuanto antes al lugar de un accidente.
Nuevas reglas para adelantar a ciclistas
También, la reforma refuerza la protección de los ciclistas, especialmente en carreteras interurbanas. Los conductores que adelanten a una bicicleta deberán reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.
Además, cuando la carretera tenga más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril para realizar el adelantamiento.
En ciudad, los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril y los vehículos a motor deberán mantener una distancia mínima de cinco metros respecto a las bicicletas que circulen delante por el mismo carril.
También, la normativa permite que determinados municipios autoricen a las bicicletas a circular en ambos sentidos en calles de un único carril, con velocidad máxima de 30 km/h, siempre que exista señalización que lo permita.
Los motoristas deberán llevar guantes y calzado cerrado
Los usuarios de motocicletas y ciclomotores también tendrán que adaptarse a nuevas obligaciones de seguridad. Desde el 1 de octubre, será obligatorio utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía.
Igualmente, la reforma contempla la posibilidad de que las motocicletas circulen por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, siempre que el tramo esté señalizado y no se superen los 30 km/h.
En cuanto a los cascos, la obligación de utilizar modelos homologados y no simplemente certificados para determinados usuarios de ciclomotores se aplicará a partir del 1 de octubre de 2027.
Patinetes eléctricos: edad mínima de 15 años y casco obligatorio
Los vehículos de movilidad personal también quedan sujetos a nuevas condiciones. La normativa establece una edad mínima de 15 años para conducir un patinete eléctrico, además de hacer obligatorio el uso del casco de protección.
Los usuarios deberán llevar chaleco reflectante durante la noche o cuando exista escasa visibilidad. En el caso de quienes utilicen estos vehículos para desarrollar una actividad profesional, el chaleco será obligatorio en todo momento.
También se establece la obligación de circular con el alumbrado encendido, aunque esta medida concreta entrará en vigor el 1 de octubre de 2027.
Por otro lado, los patinetes no podrán circular por aceras y deberán respetar las restricciones establecidas para vías urbanas e interurbanas.
El cinturón de seguridad será obligatorio para más conductores
Otra de las modificaciones afecta al uso del cinturón de seguridad. La reforma elimina determinadas exenciones que permitían a algunos profesionales circular sin llevarlo puesto en determinadas circunstancias.
A partir de ahora, los conductores de taxis, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción deberán utilizar el cinturón de seguridad en todo momento.
Igualmente, la normativa contempla una excepción específica para determinados pasajeros de ambulancias asistenciales cuando, durante un servicio de urgencia, ocupen el habitáculo destinado a la atención sanitaria.
Qué ocurre cuando hay nieve en la carretera
La nueva regulación establece cómo deben actuar los conductores cuando la circulación se vea dificultada por la nieve en autopistas y autovías. En estas circunstancias, estará prohibido adelantar y los vehículos deberán circular únicamente por el carril derecho. El carril izquierdo deberá quedar libre para facilitar el paso de los vehículos de emergencia y de las máquinas quitanieves.
La medida pretende mejorar la fluidez del tráfico y evitar que los vehículos bloqueen las vías cuando las condiciones meteorológicas complican la circulación.
Más protección para los peatones en ciudad
La reforma incorpora nuevas disposiciones específicas para la circulación urbana. Entre ellas, se establece que, como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde no intermitente para los peatones en los pasos regulados por semáforos.
También se reconoce jurídicamente la figura de los caminos escolares seguros, que son vías acondicionadas para facilitar que los menores puedan desplazarse a los centros educativos caminando, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados. Además, en las calles con plataforma única, los peatones tendrán prioridad.
Las fechas que deben recordar los conductores
Aunque la mayor parte de la reforma ya está en vigor, algunas obligaciones se aplicarán más adelante.
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Fecha
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Medida
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1 de octubre de 2026
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Entrada en vigor de la mayoría de los cambios
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1 de octubre de 2027
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Alumbrado obligatorio para VMP
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1 de octubre de 2027
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Nuevas exigencias de homologación de cascos para determinados usuarios de ciclomotores
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La DGT recuerda que el objetivo de estos cambios es reducir los accidentes y mejorar la convivencia entre los distintos usuarios de las vías públicas.
Para los conductores, la principal recomendación es revisar las nuevas obligaciones y adaptar su comportamiento al volante, especialmente en las retenciones, los adelantamientos a ciclistas y la circulación en condiciones meteorológicas adversas.