Hay que leer la letra pequeña del nuevo Reglamento General de Circulación. Según se indica, este limite no será de aplicación inmediata, sino temporal y circunstancial. María Seguí, la directora de trafico no ha podido dejar más claro el tema, aunque patine en algunas cuestiones, a pesar de sus múltiples asesores: “Si los accidentes mortales en estas vías aumentan, volvemos a los 120”
Después de este proyecto que ofrecemos completo a continuación, habrá gentes a favor –la mayoría de los conductores expertos y con vehículos modernos- y quienes critiquen la decisión. Entre estos últimos, los políticos, especialmente los de la oposición. Son políticos. No tienen la menor idea de lo que dicen, por eso son políticos. Como decimos, habrá de todo en la viña del Señor.
Los que van a estar a favor, sin duda, son las empresas concesionarias de autopistas, que han visto que en estos años han bajado considerablemente su facturación con deudas que superan los 4.000 millones de euros y que están en concurso de acreedores. Esto sucede con AP-36 (Ocaña-La Roda), AP-41 (Madrid-Toledo), R-3 y R-5, por poner unos ejemplos. La nueva regulación a 130 kilómetros por hora, puede paliar la situación. Sin embargo, a nuestro modo de ver y clientes de la AP-36, que una rebaja en las tarifas sería más solución que la propia limitación. Pero este es otros tema.
Proyecto de reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial
El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado viernes el proyecto de ley de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial. La norma pasará ahora al Congreso para su tramitación parlamentaria. Estas son las principales novedades:
Velocidad. La ley prevé un aumento de velocidad a 130 kilómetros por hora porque incluye un cuadro de velocidades que contempla las sanciones impuestas a quienes circulen por encima de esta velocidad. En las vías limitadas a partir de 60 kilómetros por hora, se pierden puntos del permiso de conducir cuando los automovilistas superan en más de 30 por hora la velocidad permitida. Sin embargo, en el caso de los 130 kilómetros por hora, la pérdida de puntos comienza cuando el conductor supere los 150 por hora. Entre 131 y 150, la sanción será de 100 euros.
No obstante, el aumento a 130 no entrará en vigor hasta que se apruebe el Reglamento General de Circulación, previsto para el próximo marzo, según ha señalado el ministro del Interior Jorge Fernández Díaz. El nuevo código de circulación establecerá en qué autovías y autopistas se podrá circular más rápido. Según ya avanzó la directora general de Tráfico, María Seguí, solo se aplicará en tramos con índices contrastados de seguridad y con buenas condiciones de trazado, pavimentación y meteorológicas.
También los peatones tendrán la obligación de someterse a una prueba de alcohol o drogas si han cometido una infracción, con independencia de si se han visto implicados en un accidente.
Casco ciclista. La ley solo establece la obligación de llevar casco ciclista en ciudad a los menores de edad, aunque el nuevo Código de Circulación podrá extender la medida al resto de usuarios. Según ha señalado Fernández, no se tomará una decisión hasta que concluya el debate que se lleva a cabo en una subcomisión del Congreso sobre esta cuestión.
Detectores de radar. La futura ley prohibirá los detectores de radar —ahora solo están prohibidos los inhibidores—, cuyo uso supondrá una infracción grave, que conlleva la pérdida de tres puntos del carné y una multa de 200 euros. Quedan excluidos los mecanismos que informan de la posición de los sistemas de vigilancia de tráfico, que la propia DGT publica en su Web.
Inmovilización de vehículos. Se incorporan dos nuevos supuestos de inmovilización del vehículo: el incumplimiento de las condiciones de la autorización para la circulación de vehículos (horarios, peso máximo autorizado, etcétera), y la conducción sin el permiso para camiones o autobuses.
Caída de carga en la vía. Este supuesto será sancionado como infracción grave por “el peligro que genera al resto de usuarios de la vía”.
Obras en la vía. También será infracción grave realizar obras en la carretera sin comunicarlo con anterioridad a su inicio “a la autoridad responsable de la gestión y regulación del tráfico”.
Menores en los asientos delanteros. La norma anterior solo prohibía circular con menores de 12 años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas. Ahora, la ley también vetará viajar “con menores en los asientos delanteros o traseros cuando no esté permitido”. El nuevo Reglamento General de Circulación concretará los criterios de edad y talla.
Drogas y alcohol. Las multas conducir bajo los efectos del alcohol o con la presencia drogas en el organismo aumentan de 500 a 1.000 euros. Además, en el caso de las drogas, se multará la “mera presencia” de estas sustancias en el organismo, y no su influencia en la conducción como dicta la ley todavía vigente. La única excepción es la de aquellas personas que tengan que consumirlas por prescripción facultativa y una finalidad rehabilitadora, como las que reciben tratamiento para desengancharse de su adicción. Según el ministro, del total de fallecidos en accidente el año pasado, el 47,3% dio positivo en alcohol, drogas o psicofármacos.
Cataluña y el Pais Vasco se oponen al límite de 130 kms por hora
Cataluña y País Vasco, las dos únicas comunidades con competencias en materia de tráfico, ya han anunciado su oposición a que los vehículos puedan circular a 130 kilómetros por hora. Otra vez estos politicos tocando las narices. ¿Por qué no proponen un referendun y consultan al pueblo?
La ley de seguridad vial, que todavía debe ser aprobada por las Cortes, incluye en su cuadro de velocidades el máximo de 130 por hora (10 kilómetros más que ahora) y las sanciones para quienes superen este límite. Sin embargo, el incremento no entrará en vigor hasta que se apruebe el Reglamento General de Circulación, previsiblemente el próximo marzo, donde se fijarán por qué tramos de autopistas y autovías se podrá circular a más velocidad, según dijo este viernes el ministro del Interior, Jorge Fernández.
Y es precisamente la definición del aumento de velocidad que recogerá el código de circulación lo que permite a Cataluña y País Vasco aplicarlo o no. Según la directora general de Tráfico, María Seguí, el límite máximo de 130 solo se implantará en tramos de autopistas y autovías con “índices contrastados de seguridad y buenas condiciones de trazado y pavimentación”. Tráfico determinará cuáles son esos tramos, a excepción del País Vasco y Cataluña, donde, según reconoce la DGT, es muy probable que se les consulte, puesto que son las dos únicas comunidades que gestionan su propio tráfico.
Además, el aumento a 130 no será permanente, sino siempre que las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación sean las adecuadas. Es decir, la velocidad será variable y se controlará a través de paneles electrónicos. Cataluña y País Vasco tienen su propio centro de gestión del tráfico —en el resto de España se controla desde la sede de la DGT, en Madrid— y por lo tanto gestionan los paneles instalados en sus carreteras y deciden si se dan las condiciones para incrementar la velocidad.