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Madrid activa 257 cámaras para controlar el acceso de vehículos contaminantes
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Madrid activa 257 cámaras para controlar el acceso de vehículos contaminantes

Descubre las restricciones que enfrentan los vehículos con clasificación ambiental 'A' en la Zona de Bajas Emisiones de Madrid.

Por Motorpoint
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martes 19 de septiembre de 2023, 13:51h
Desde el 15 de septiembre, el Ayuntamiento de Madrid ha activado 257 cámaras para controlar el cumplimiento de las restricciones de la Zona de Bajas Emisiones. Los vehículos con clasificación ambiental 'A' que no estén empadronados en Madrid o no hayan pagado el impuesto correspondiente recibirán una carta informativa. El objetivo es restringir gradualmente el acceso a los vehículos más contaminantes hasta 2025.

Desde este viernes, los 257 dispositivos del Ayuntamiento de Madrid están en funcionamiento para garantizar el cumplimiento de las restricciones de Madrid Zona de Bajas Emisiones. Por lo tanto, cualquier vehículo con clasificación ambiental 'A' que sea conducido por alguien que no esté empadronado en Madrid o que no haya pagado el IVTM en la capital y que acceda a la M-30 o su interior recibirá una carta informativa. Esta carta advertirá al propietario del vehículo que ha sido sancionado por infringir la Ordenanza de Movilidad Sostenible.

Bajo el marco de la Estrategia de Sostenibilidad Madrid 360, el Ayuntamiento de Madrid implementó en enero de 2022 la gran ZBE conocida como Madrid Zona de Bajas Emisiones. Esta medida ha tenido el mayor impacto en la reducción de los óxidos de nitrógeno en la ciudad y ha contribuido significativamente, junto con la renovación de las flotas hacia tecnologías limpias, al cumplimiento por parte de la capital de la directiva europea de calidad del aire en 2022 por primera vez. Su objetivo principal es restringir gradualmente, hasta 2025, el acceso a los vehículos más contaminantes a la ciudad.

Los vehículos que no puedan obtener el distintivo ambiental de la DGT pueden seguir circulando por Madrid hasta el 2025. Por AEA (Clic)

Desde enero de 2022, los turismos con clasificación ambiental A de aquellos titulares que no estén empadronados ni abonen el Impuesto de Tracción Mecánica en la ciudad antes del 1 de enero de 2022 no pueden acceder al interior de la M-30, según la Ordenanza de Movilidad Sostenible. La prohibición se extendió a la propia vía de circunvalación (M-30) desde el pasado mes de enero.

A partir del 15 de septiembre, el Gobierno municipal activó las 257 cámaras que componen todo el sistema de control de tráfico para el interior de la M-30 y la vía M-30. Desde el 2 de mayo de 2022, el control automatizado para los vehículos para Madrid ZBE se ha venido realizando mediante quince dispositivos foto-rojo. Según el artículo 242 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, se establece un periodo de aviso de cuatro meses con el objetivo de informar y advertir a los ciudadanos que tengan prohibido el acceso y la circulación para que desistan de su práctica.

Cuatro meses es el periodo de aviso

Durante el periodo de aviso, que va desde las 00:00 horas del viernes 15 de septiembre hasta las 23:59 del 14 de enero de 2024, todos los titulares de turismos que infrinjan la normativa vigente para Madrid ZBE y sean interceptados por los dispositivos que comienzan a funcionar recibirán una comunicación de carácter informativo. Sin embargo, si son detenidos por un agente de la autoridad o captados por algunos de los foto-rojo que ya están en funcionamiento, podrán ser sancionados.

Hasta el 20 de marzo de 2022, el acceso no permitido a Madrid ZBE, así como a las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro y Plaza Elíptica, era considerado una infracción leve de tráfico según los artículos 18 y 75.c) y podía ser sancionada con una multa de 90 euros (45 euros si se pagaba pronto), tal como establecen los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Sin embargo, a partir del 21 de marzo de 2022, debido a la modificación de dicha ley, esta infracción se considera grave y está sujeta a una multa de 200 euros según lo establecido en los artículos 18, 76.z3 y 80.1 (100 euros si se paga pronto).

Implantación

A partir del 1 de enero de 2022, los vehículos turismo con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno), estarán sujetos a restricciones si no cumplen ciertos requisitos.

Estos requisitos incluyen estar domiciliados en la ciudad de Madrid y figurar de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid. Si un vehículo cumple estos requisitos pero deja de hacerlo en un momento posterior, también estará sujeto a restricciones.

- Del 1 de enero de 2022, tienen prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2023, tienen prohibido el acceso y circulación a estos mismos turismos por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2024, quedará prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid a los vehículos mencionados.
- Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid.

A partir de esta fecha, los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) que no tenían restricciones hasta el 31 de diciembre de 2024, ya no podrán acceder ni circular por la capital.

Conviviendo con las dos ZBE de Especial Protección que están en vigor, Distrito Centro y Plaza Elíptica, todo el término municipal se convertirá progresivamente en zona de bajas emisiones (Madrid ZBE), que cuenta con unos criterios de acceso más restrictivos.

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